fbpx

¿Sabías que puedes acceder a Atención Temprana de Fundación Bobath con el Cheque Servicio?

En Atención Temprana cuando se trata de nuestros bebés, actuar a tiempo puede ser la clave que marque la diferencia. Los estudios avalan que si la intervención se pone en marcha antes de los tres años, se logran efectos mucho más beneficiosos que si se inicia después de los cinco años (Woods y Wetherby, 2003).

 

Los niños y niñas que tienen algún trastorno en su desarrollo, necesitan desde los primeros momentos un adecuado tratamiento, que potencie sus capacidades, tanto si ese trastorno es transitorio como si es permanente.

CHEQUE SERVICIO ACEPTADO EN FUNDACIÓN BOBATH

El Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid es una ayuda para los pacientes que tienen reconocido el grado de dependencia.

A través de esta ayuda los pacientes reciben una PRESTACIÓN ECONÓMICA que pueden utilizar para pagar su tratamiento.

En Fundación Bobath podrás acceder a estas ayudas ya que contamos con todos los requisitos legales que exige el concierto. Estamos debidamente acreditados y autorizados por la Comunidad de Madrid.

No dudes en aprovechar esta oportunidad de recibir tratamientos para trastornos del desarrollo (servicio de fisioterapia, logopedia, TIC, apoyo escolar, psicoterapia, etc). Nosotros te informaremos y te ayudaremos en todos los trámites.

¿cómo obtener el cheque servicio? 

El Cheque Servicio de la Comunidad de Madrid es una APORTACIÓN ECONÓMICA  incluida en la Ley de Dependencia, que va vinculada a un servicio concreto. Si tienes reconocida la dependencia puedes acceder a este cheque.

  1. SI NO TIENES RECONOCIDO EL GRADO DE DEPENDENCIA, y has sufrido una lesión cerebral, por ejemplo, has de proceder a la presentación, en la Dirección General de Atención de la Dependencia de la Comunidad de Madrid, de la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria.
  2. Valoración de la persona dependiente, previa cita concertada en su domicilio.
  3. Recepción, en su caso, de la aprobación de la situación de dependencia y del nivel y grado reconocido.
  4. Establecimiento, por parte de dicha Dirección General, del PIA (Programa Individual de Atención). En el programa se establece el modo de intervención más adecuado para la persona en situación de dependencia.
  5. Asignación de la prestación mediante el Cheque Servicio con la cuantía económica que establezca el PIA.
  6. Aprobación y entrega del cheque servicio correspondiente al usuario.
  7. Elección del centro privado por parte del interesado.
  8. Entrega, por parte del afectado, del cheque al centro elegido.
  9. El centro procede a dar de alta a la persona dependiente en una aplicación informática habilitada por la Comunidad de Madrid.

cONTÁCTANOS 

Si necesitas más  información o asistencia en el proceso, no dudes en contactarnos en el 913 76 71 90 y nuestra Trabajadora Social solucionará todas tus dudas. 

Carrito0
Aún no agregaste productos.
Seguir viendo
0