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Convocatoria de ayudas económicas para obras de accesibilidad a los edificios (Madrid 2022)

Fundación Mutua de Propietarios te ayuda a convertir tu edificio de viviendas en un espacio sin barreras arquitectónicas

En el marco del Programa Sin Barreras de la Fundación Mutua de Propietarios, se abre la Convocatoria 2022 de ayudas económicas “Edificios Accesibles” con la misión de mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida facilitando la accesibilidad a la vivienda y su entorno.

Todo lo que tienes que saber acerca de esta subvención

En Fundación Bobath hemos recopilado la información ofrecida por la Fundación Mutua de Propietarios (https://www.fundacionmdp.org/solution/convocatoria-de-ayudas-economicas-edificios-accesibles-madrid-2021-2/):

¿Cuáles son las actuaciones objeto de ayuda?

El Programa Sin Barreras considera actuaciones de mejora de la accesibilidad:

  • a) La instalación de ascensores nuevos o actuaciones en ascensores existentes para bajar a cota 0.
  • b) Ejecución de rampas para la supresión de desniveles en el acceso desde la calle a los vestíbulos de los edificios de viviendas.
  • c) Reformas constructivas que comporten el derribo, ensanchamiento o adecuación de puertas, (excluidas las de las propias viviendas que son de única responsabilidad del titular), pasillos y ampliación de paradas, mejora de las condiciones de accesibilidad a los ascensores existentes, salva-escaleras u otros dispositivos de accesibilidad, y la instalación de plataformas elevadoras verticales (PVE), que faciliten la accesibilidad a los edificios y a la vivienda.

Únicamente podrán solicitar las ayudas aquellas entidades que NO hayan iniciado las obras de accesibilidad anteriormente citadas.

 

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal de edificios plurifamiliares situados en Madrid ciudad y Comunidad de Madrid, que residan:

  • Personas a las que se les haya reconocido legalmente algún grado de discapacidad que afecte a su movilidad
  • Personas de más de 75 años.
 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía de las ayudas que se atribuirán será el 50% de la suma de los costes subvencionables, hasta un máximo de 15.000€ por comunidad.

Se consideran costes subvencionables los derivados de:

  • El/los presupuesto/s para la ejecución de las obras de accesibilidad
  • Y los honorarios técnicos de proyectos y dirección de obra, si son exclusivamente para obras de mejora de la accesibilidad. (no serán objeto de esta subvención proyectos de rehabilitación integral de edificios que incluyan otras actuaciones, como, por ejemplo: rehabilitación de fachadas, modificación de tejados, cubiertas, instalaciones de energías renovables, etc.)
 

¿Cuáles son los requisitos técnicos obligatorios?

Los requisitos técnicos obligatorios para optar a la ayuda son:

  • Licencia de Obra o Permiso de Obra otorgada por el Ayuntamiento correspondiente.
  • Copia del Certificado de Aptitud ITE o de la solicitud de la ITE.
  • Documentación Técnica:
  • Proyecto Visado por el colegio oficial correspondiente : Si se trata de unas instalaciones de ascensores nuevos, obras para bajar ascensores a cota 0 y ejecución de rampas
  • Proyecto o Memoria Técnica + Planos acotados: Si se trata de obras de mejora de la accesibilidad en ascensores (ampliaciones o reformas constructivas)
  • Informe que incluyan planos o en su defecto fotografías de la actuación a realizar: si se trata de una obra menor de mejora de accesibilidad.
 

¿Cuál es el plazo de recepción de solicitudes?

El plazo de presentación de las solicitudes para la convocatoria 2022 va del 15 de Marzo del 2022 hasta el 15 de Mayo del 2022.

¿Cómo se solicita la ayuda?

De forma telemática mediante inscripción a esta convocatoria o accediendo directamente al siguiente enlace: https://www.fundacionmdp.org/ayudas/ previa alta de usuario.

¿Cuál es el plazo de resolución de las ayudas?

Como máximo, de 30 días laborables, exceptuando sábados, contados a partir de la fecha de cierres de presentación de las candidaturas con la celebración del Comité de Evaluación. La documentación presentada debe estar validada en el aplicativo web gestión de ayudas de la Fundación.

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