Según la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística (INE) realizada en 2007, se estima que hay en España 3,8 millones de hombres y mujeres con discapacidad; de estas personas, 120.000 tienen parálisis cerebral.¿Eres parte de esa población o tienes un familiar en esa situación? ¿Sabes cómo solicitar la Ley de Dependencia? Te lo contamos aquí:
¿Qué es la dependencia?
De acuerdo al artículo 2 de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia la dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
Requisitos para ser reconocido en situación de dependencia en la Comunidad de Madrid
- Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (a excepción de los emigrantes retornados). Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
- Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.
- Las personas que carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. En el caso de tratarse de menores se estará a lo dispuesto en las leyes del Menor.
Dónde y cómo solicitarla
El procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia se puede iniciar a través de los Servicios Sociales de la Junta de Distrito o en el Ayuntamiento en el que esté empadronado el solicitante. Es necesario presentar cumplimentado el modelo de solicitud, acompañado de la documentación que se solicita. Acceder al modelo de presentación y requisitos.
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